POR LA CUAL SE ESTABLECE EL PLAZO DE PRESENTACIÓN DE LA DECLARACIÓN JURADA PARA LA LIQUIDACIÓN Y PAGO DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO - FORMULARIO 850 - CORRESPONDIENTE AL PERIODO FISCAL ENERO 2006. |
VISTO: Los artículos 92º, 186º y 189º de la ley Nº 125/91 "Que establece la Reforma Tributaria", texto modificado por la Ley Nº 2.421/04 "De Reordenamiento Administrativo y de Adecuación Fiscal", el Decreto Nro. 6.806/05 por el cual se reglamenta el impuesto al valor agregado (IVA), las Resoluciones Nros. 1.421/05 y 243/06; y, CONSIDERANDO: Que la Administración Tributaria esta facultada para establecer la forma y oportunidad en que los contribuyentes y responsables deberán presentar la Declaración jurada así como el plazo para realizar el pago del impuesto al valor agregado. Que a partir del 1 de Enero de 2.006 rige el nuevo formulario 850 de declaración jurada del impuesto al valor agregado (IVA) y a fin de facilitar el cumplimiento de las obligaciones de los contribuyentes afectados a su presentación resulta conveniente establecer el plazo de presentación para el cumplimiento de sus obligaciones tributarias correspondiente al periodo fiscal enero 2006. Que el presente acto administrativo se dicta en virtud de la facultad que le confiere la Ley Nº 125/91. POR TANTO EL VICEMINISTRO DE TRIBUTACIÓN RESUELVE: Art. 1º.- Establecer por única vez que el plazo de presentación de la declaración jurada- Formulario 850 - para la liquidación y pago del impuesto al Valor Agregado (IVA) - periodo fiscal Enero 2006, será conforme al siguiente calendario:
Los Periodos fiscales siguientes se regirán por la fecha de vencimiento general previsto en las distintas reglamentaciones vigentes. Art. 2º Publicar, comunicar a quienes corresponda y cumplido archivar. ANDREAS NEUFELD TOEWS VICEMINISTRO DE TRIBUTACIÓN |